Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) presentó una resolución que permitirá que las parejas del mismo sexo que tengan una relación de concubinato solicten un seguro de enfermedades, maternidad y pensión por viudez.

Las personas interesadas podrán solicitar este derecho en las unidades familiares del IMSS. El IMSS reconoce el concubinato cuando una pareja que no se ha casado lleva al menos cinco años ininterrumpidos cohabitando.

“La resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 2/2010 promovida por la entonces Procuraduría General de la República y en el marco de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, derivó en la emisión de un criterio de interpretación para permitir el acceso al referido seguro al cónyuge del asegurado (a) o pensionado (a), con independencia de si se trata de matrimonio entre personas del mismo o distinto sexo, criterio que no se hizo extensivo a otras figuras como el concubinato”, detalló el IMSS.

Para acceder al Seguro de Enfermedades y Maternidad, los interesados deben presentarse en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) con las actas de nacimiento de los hijos en común -siempre que permanezcan libre de matrimonio- y, a falta de éstas, acudir el asegurado (a) o pensionado (a) a la Unidad, junto con su pareja, a efecto de manifestar, bajo protesta de decir verdad, que han permanecido en una relación de concubinato durante los 5 años anteriores a la fecha de la solicitud de registro.

También tendrán que exhibir la documentación que se señala en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado “Documentación CONAMER, IMSS-02-066”, como lo son: identificación oficial, Número de Seguridad Social, Clave Única de Registro de Población, fotografía tamaño infantil y comprobante de domicilio.

Tomado de Baja News:https://bajanews.mx/noticias/4196/Parejas-del-misma-sexo-ya-podran-tener-acceso-al-IMSS?fbclid=IwAR3JdDoBKbMDIqFn2LEGEvqLqqC6oBluuRDkPTB_FzgpLWxn2oBaA5deCNk